EDAC

Ofrece servicios de defensa y asesoria desde 1992 en el rubro de derechos humanos, detenciones arbitrarias, sentencias injustas,de manera especial a los que evaluan y consideran inocentes.

Nuestra tarea se orienta en la búsqueda del debido proceso y una sentencia justa.

Nos proponemos  luchar contra la impunidad ,hemos atendido problemas de propiedad y posesión de tierras asumiendo la defensa de comunidades campesinas, grupos campesinos independientes.

De 1979  a 1992 trabajamos para la confederación campesina del Perú en asesoria legal ,defensa de  derechos humanos ,problemática agraria.

Violencia política interna, defensa de la mujer,medio ambiente, etc.

Los integrantes del colectivo somos profesionales abogados                      

 Con una basta experiencia en la defensa de  D.D.H.H,

 Comprometidos con el  futuro de nuestro país; integrando esta relación los siguientes abogados, consultores:


EDAC

Edac tiene cuatro asociadas y un asociado. De ellas dos son abogadas las cuales son:

 

  • Nilda Tincopa Montoya  
  •   Maria Luiza Hollo Meza
  • Blanca Merino Vázquez
  •  Diana García Onorbe
  • Clodonaldo  Huanca Caceres

                             DERECHOS

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2

1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta. Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo,idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen, nacional o social, posición económica, nacimiento  o cualquier otra condición.

2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónoma o sometida a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertady a la seguridad de su persona.

 Artículo4

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

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